Opción de pagar el IVA al alquilar

Renunciar voluntariamente a una exención fiscal puede sonar extraño, y la mayoría de la gente seguramente se sentirá inmediatamente incómoda. 

En principio, los propietarios son empresarios en el sentido del IVA. En este sentido, la visión del IVA difiere de la del impuesto sobre la renta. Los ingresos por alquiler están sujetos al impuesto sobre el volumen de negocios, pero se aplica una exención fiscal. Por lo tanto, no se puede reclamar el impuesto soportado. Sin embargo, en algunos casos se puede renunciar a la exención.

¿Tiene sentido renunciar a la exención fiscal? 

Si el volumen de negocio del alquiler está exento de impuestos, no se puede deducir el impuesto soportado en la declaración. El impuesto soportado se refiere al impuesto sobre el volumen de negocios de las facturas recibidas que, normalmente, la Agencia Tributaria puede devolver como parte de la declaración anticipada. Por lo tanto, el impuesto sobre los trabajos de reparación y mantenimiento encargados no representa un coste. 

Como contrapartida, hay que pagar el IVA sobre las rentas de alquiler, que normalmente se añade a la renta, para que no represente una carga económica adicional.

Requisitos para la opción 

Para poder acogerse a la opción del IVA deben cumplirse los siguientes requisitos: 

La propiedad debe ser alquilada a un empresario para su negocio. El empresario sólo puede utilizar los bienes para operaciones que no excluyan la deducción del impuesto soportado. El inquilino paga el alquiler, que está sujeto al IVA. Sin embargo, él mismo se deduce el impuesto soportado, es decir, la Agencia Tributaria le devuelve el IVA. Por lo tanto, ni el inquilino ni el propietario se ven gravados económicamente por el IVA.

En el caso de las casas más grandes, también es posible renunciar a la exención del IVA sólo para partes individuales de la propiedad.

Ejemplo:

Una propiedad se alquila a varias partes. Hay 3 tiendas en la planta baja, un médico de cabecera en la primera planta y varios pisos. Se puede renunciar a la exención fiscal para la parte de la planta baja. Sin embargo, no es posible optar por la consulta del médico, ya que éste realiza operaciones exentas de impuestos.

En consecuencia, el impuesto soportado por la planta baja también puede reclamarse a la Agencia Tributaria. 

Ejemplo: Si se realizan reparaciones por valor de 11.900 euros brutos en los locales de la planta baja, el propietario puede obtener la devolución de 1.900 euros de impuestos por parte de la Agencia Tributaria y, por lo tanto, finalmente sólo tiene 10.000 euros en lugar de 11.900 euros de gastos.

La renuncia a la exención del impuesto también es posible para las operaciones que entran en el ámbito de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ventas de bienes inmuebles).

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